- La Comunitat Valenciana celebra festejos taurinos 7 de cada 10 dÃas del año
- Gobernación elaborará un Código de Buenas Prácticas para velar por el respeto a los animales
- La modificación también distingue entre plazas de toros y recintos taurinos
- Castellano: “Las modificaciones del Decreto de Bous responden a la necesidad de buscar la seguridad antes, durante y después del festejoâ€
Valencia (07-06-10).- El conseller de Gobernación, SerafÃn Castellano, ha anunciado que la Comisión de Festejos Taurinos Tradicionales, ‘Bous al Carrer’, ha aprobado una propuesta para que se modifiquen algunos aspectos puntuales del Decreto 24/2007 de Festejos Taurinos Tradicionales, como es la introducción de la madera como elemento de construcción en barreras verticales, cadafales y plazas de toros portátiles, siempre que el componente metálico sea el elemento preferente en la construcción.
Seguridad antes, durante y después del festejo
“Estas modificaciones –ha explicado- están justificadas por la necesidad de asentar el referido principio de seguridad desde antes del festejo, como es la necesidad de seguro de responsabilidad civil, ambulancia obligatoria, requisitos para su autorización, idoneidad de las barreras e instalaciones, en segundo lugar durante el festejo con la presencia de colaboradores voluntarios, suspensión por causas sobrevenidas, prohibición de participar a menores de 16 años, y por último, el control después del festejo, con las estadÃsticas sanitarias y sacrificio en su caso de la resâ€.
El conseller ha añadido que contamos con el Decreto “más estricto y riguroso en materia de seguridad porque la cantidad de eventos festivos debe ir de la mano de la calidad de los mismos, que se traduce en el necesario control y verificación de la seguridad y respeto a los animalesâ€.
En este sentido, Castellano ha recordado que en la Comunitat Valenciana se celebran festejos taurinos 7 de cada 10 dÃas del año, y de entre los meses de julio y septiembre todos los dÃas sin excepción tiene lugar algún espectáculo taurino en la Comunitat. En cuanto al número de festejos, en los últimos tres años se han realizado una media de 6.000 festejos, “unos datos que ponen de manifiesto cuestiones como el arraigo y la tradición de estos festejos en la Comunitat Valencianaâ€, ha puntualizado.
Propuestas más destacadas
Castellano ha explicado que la modificación del Decreto 24/2007 se refiere a los elementos de cierre y delimitación en aquellos aspectos que no estaban lo suficientemente expresos y hace hincapié en los elementos de protección, cierre y delimitación, asà como en lo relativo a las plazas de toros portátiles.
AsÃ, en el caso de las barreras verticales, se propone que se incorpore la madera siempre que el elemento metálico asuma la resistencia y solidez de la barrera. Esto es, la estructura o esqueleto de ésta será metálico, sin perjuicio de que la madera constituya un complemento que asegure y refuerce dicha resistencia y solidez.
En el caso de los cadafales se aplican las mismas exigencias que a las barreras verticales en cuanto a materiales, esto es, componente metálico como elemento preferente y madera como complemento, y por otra parte, se permite la posibilidad de instalar barreras verticales en las puertas de las casas que están dentro del recinto donde se desarrolla el festejo, que deberán cumplir con los requisitos generales previstos por el Decreto.
Estas barreras individuales en recintos particulares podrán ser de madera siempre que su estructura sea metálica y en el caso de que la puerta de acceso esté cerrada deberán estar señalizadas con un distintivo para advertir a los corredores.
Asimismo, entre las modificaciones aprobadas se encuentra la admisión de los elementos de diversión, como son las pirámides, entablados o cajones, destinados a dinamizar y potenciar la movilidad de las personas y las reses. El conseller ha matizado que estos elementos no serán considerados como obstáculos en el recorrido, recinto o plaza, y se deberán colocar en espacios y calles amplias.
También se regula la figura de las plazas de toros portátiles y se introduce el concepto de “recinto taurinoâ€. En este sentido, Castellano ha explicado que plaza de toros portátil es aquella instalación que cumple todos los requisitos y condiciones previstos por el TÃtulo II del Decreto, y recinto taurino es la instalación que presenta algún cambio o modulación sobre dicha regulación. Asimismo, en la plaza se podrán efectuar espectáculos y festejos taurinos, y en un recinto sólo y exclusivamente festejos de bous al carrer.
Por último, el conseller de Gobernación ha anunciado que se elaborará un Código de buenas prácticas para luchar contra el maltrato animal y velar por el respeto a los animales que participan en los festejos taurinos tradicionales.
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