- El importe por cada contratación de estas caracterÃsticas a tiempo parcial en el curso 2010-11 ascenderá a 7.000 euros
- Con estas subvenciones, se pretende facilitar la integración laboral de los trabajadores/as y estudiantes de ciclos formativos
Valencia (25-6-10).- La Conselleria de Educación destinará una dotación global de 450.000 euros en ayudas a las empresas que contraten con carácter indefinido a tiempo parcial a personas que estén cursando ciclos formativos de Formación Profesional (FP) durante el curso 2010-2011.
Estas ayudas van dirigidas a empresas que contraten indefinidamente a tiempo parcial a trabajadores/as y estudiantes que se matriculen por primera vez en el primer o segundo curso de un ciclo formativo de Formación Profesional Inicial.
En concreto, podrá ser objeto de subvención la celebración de cada contrato indefinido a tiempo parcial con una persona que se matricule por primera vez en el primer o segundo curso de un ciclo formativo de Formación Profesional Inicial por un importe de 7.000 euros.
También es susceptible de subvención por un importe de otros 7.000 euros el mantenimiento de dicho contrato con la persona que se matricule por primera vez en el segundo curso del ciclo formativo correspondiente cuando ya ha sido objeto de subvención en la convocatoria del ejercicio presupuestario anterior la celebración del contrato que se mantiene.
Con ello, cada entidad beneficiaria podrá obtener una cantidad máxima por cada contrato celebrado y mantenido con una determinada persona de 14.000 euros en cómputo global con cargo a dos convocatorias diferentes, a razón de 7.000 euros por cada contratación celebrada o mantenida por convocatoria.
Con estas ayudas, se pretende mejorar el capital humano de las empresas y, al mismo tiempo, propiciar que los alumnos y/o trabajadores más destacados mejoren sus cualificaciones y cursen ciclos. De hecho, Educación pretende con esta medida facilitar la integración laboral de estas personas y permitirles compatibilizar su trabajo con la formación, asà como potenciar el sector empresarial.
Educación considera que las circunstancias que rodean a la incorporación laboral de los y las jóvenes son complejas debido, entre otros motivos, a la elección que deben realizar entre la actividad remunerada y/o la formación académica. Esto provoca su incorporación tardÃa al mercado de trabajo, lo que repercute en una mayor dependencia económica respecto a sus familias.
A ello hay que añadir que hay trabajadores que desearÃan mejorar su cualificación, pero a los que sus circunstancias personales les impiden optar por cursar ciclos formativos y abandonar su actividad laboral.
Se establece como requisito de las entidades beneficiarias que formalicen contratos de trabajo indefinidos a tiempo parcial con personas mayores de 18 años, siempre que se comprometan a permitir y facilitar que se matriculen y cursen un ciclo formativo relacionado con la prestación laboral objeto del contrato de trabajo.
También se exige que las empresas estén radicadas en la Comunitat Valenciana y que la prestación laboral se desempeñe en el ámbito territorial de la Comunitat. El contrato de trabajo será indefinido y a tiempo parcial, con una jornada que represente la mitad de la completa prevista en el convenio colectivo o pacto de empresa de aplicación. En todo caso, esta jornada laboral no podrá ser superior a 20 horas en el cómputo semanal.
Mientras la relación laboral se simultanee con el aprendizaje teórico-práctico, y hasta la fecha máxima del 30 de junio del tercer curso desde que el interesado comenzó a cursar el ciclo formativo, habrá de pactarse en el contrato de trabajo que no se realizarán horas extraordinarias ni complementarias y que tampoco se harán turnos de noche.
Las subvenciones contempladas en esta iniciativa desarrollada por la Conselleria de Educación están cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE) en un 50 por ciento.
Asignación de un instructor/a
Asimismo, mientras se simultanee la relación laboral con el aprendizaje teórico-práctico en el centro educativo, la empresa deberá asignar un instructor/a que proporcione el apoyo necesario al estudiante o al trabajador/a.
Por otro lado, el centro educativo designará una persona responsable que coordine las acciones docentes con su aplicación efectiva a través del contrato de trabajo, en cooperación con el instructor designado por la empresa, y se garantizará que el empleo tenga una relación directa con las enseñanzas teórico-prácticas. Esta persona responsable realizará una evaluación trimestral de resultados, que pondrá en conocimiento de la entidad colaboradora.
El Pacto Valenciano por el Crecimiento y el Empleo II para el periodo 2009-13 sitúa entre sus objetivos prioritarios la realización de convocatorias de ayudas de estas caracterÃsticas para compatibilizar el empleo y la formación y mejorar la empleabilidad y la cohesión social.