- La Conselleria atiende en esta resolución las precisiones contempladas en el auto del juzgado nº 3 de València
- Barceló: «Es importante mantener estas medidas para evitar la propagación del virus y proteger la salud de la población»
La Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública ha dictado esta misma tarde una resolución que atiende a las precisiones que requiere el juzgado de lo contencioso administrativo número 3 de València, con relación a las medidas adicionales acordadas para el municipio de Benigànim, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 que vive en la actualidad.
En la nueva resolución se precisa que el confinamiento es perimetral a la población de Benigánim, permitiéndose, en todo caso, la circulación de personas residentes dentro del municipio; se establece hasta un máximo de 10 personas en reuniones de carácter social o familiar y los actos de culto se realizarán hasta un tercio de la capacidad de dichos lugares, siempre respetando las normas de seguridad de uso de la mascarilla y distanciamiento social.
La consellera, Ana Barceló, ha señalado que «es importante que se adopte esta medida en el municipio para, por un lado, evitar la propagación del virus y, por otro lado, salvaguardar y proteger la salud de todos los vecinos y vecinas«.
La resolución entrará en vigor a partir de su publicación con fecha de este martes. De la misma se dará traslado también a la Abogacía General de la Generalitat en orden a solicitar la ratificación judicial por la Jurisdicción Contencioso Administrativa.