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  • Incide en la prevención y garantiza que todos los casos comunicados se investigarán en 15 días, se protegerá a la víctima y se sancionará al acosador
  • Si se determina que lo mejor es un cambio de puesto de trabajo, la víctima decidirá si se mueve ella o la persona inculpada

La Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, comprometida en la lucha contra la discriminación por razón de género, ha elaborado un protocolo de actuación contra el acoso sexual y por razón de sexo, tal y como prevé el I Plan de Igualdad de la institución.

«Llevamos años luchando por la igualdad y esto nos ha permitido avanzar en sensibilidad y compromiso social, pero hay que continuar dando pasos en la misma senda porque el acoso sexual o por razón de sexo es un atentado contra la dignidad de trabajadoras y trabajadores, y no lo vamos a tolerar«, ha declarado la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, Ana Barceló.

El documento es de aplicación no solo al personal que presta servicio en las Instituciones Sanitarias de la Conselleria sino también a las empresas externas contratadas por ella. En él se incide en la necesidad de prevenir este tipo de comportamientos y se describe, entre otras cuestiones, la tipología de casos. Por ejemplo, puede darse acoso en sentido descendente, pero también en sentido ascendente o entre iguales. Se contempla además el ‘ciberacoso’ cuando la persecución se realiza a través de las nuevas tecnologías.

Asimismo, el protocolo detalla las circunstancias agravantes (entre otras, que la víctima esté en período de prueba o inmersa en un proceso de selección o que haya varias) y el procedimiento de actuación a seguir cuando se tiene conocimiento de una situación de acoso sexual.

Para poder intervenir cuanto antes, se fija un plazo máximo de 15 días para que la Comisión de Gestión Interna de Conflictos de Sanidad investigue y resuelva los hechos comunicados y las medidas que se deben adoptar. Si se determina que lo mejor es un cambio de puesto de trabajo, la víctima decidirá si lo realiza ella o la persona inculpada.

Si el informe concluye que es pertinente iniciar un procedimiento disciplinario, se propondrá además su apertura a la Gerencia/Dirección del centro. En este sentido, el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público califica el acoso sexual o por razón de sexo como falta disciplinaria muy grave. La aplicación del protocolo tampoco impedirá el recurso, si se estima oportuno, a la vía judicial.

El protocolo estará vigente a partir del día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y será de aplicación hasta la aprobación de uno nuevo.

La Comisión de Igualdad velará por su cumplimiento y podrá modificarlo para la mejora de la prevención y actuación ante situaciones de acoso sexual o por razón de sexo en el trabajo.

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