Deducciones en el IRPF para los beneficiarios de ayudas por la COVID-19

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  • La deducción de la ayuda por ERTE, por reducción de jornada y por donaciones para la COVID-19 y por la adquisición de bicicletas y patinetes eléctricos tendrá efecto retroactivo desde el 1 de enero
  • En 2021 existirá una nueva deducción directamente por la adquisición o electrificación de bicicletas y vehículos de movilidad personal

El Pleno del Consell ha aprobado modificar la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, por la cual se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y restantes tributos cedidos para introducir deducciones en el tramo autonómico del IRPF a la tributación de las ayudas concedidas con motivo de la COVID-19.

La deducción se aplicará, con efecto retroactivo de uno de enero de 2020, a las ayudas concedidas por la Generalitat a las personas trabajadoras por cuenta ajena afectadas por un expediente de regulación temporal de ocupación (ERTE) o que hayan ejercido los derechos de reducción total o del 50% o más de su jornada laboral para la atención a menores, mayores o dependientes a cargo suyo; a las ayudas recibidas para la adquisición o electrificación de bicicletas urbanas y vehículos eléctricos de movilidad personal y a las cantidades dinerarias o en especie donadas para minimizar el impacto de la COVID-19 o destinadas a la realización de actividades de investigación y desarrollo.

Asimismo, con efectos desde el uno de enero del 2021, se introduce una nueva deducción en el IRPF, en este caso ya no por la ayuda recibida, sino por la adquisición o electrificación de bicicletas y vehículos de movilidad personal

Dado que todas estas ayudas están legalmente sujetas a tributación en el IRPF como rendimientos del trabajo personal o ganancias patrimoniales incluidas en la renta general, lo cual podría suponer que la cuantía efectiva de la ayuda sea menor a las cantidades mencionadas, desde el Consell se ha considerado necesaria la aprobación de deducciones en el tramo autonómico del IRPF que compensen la mayor carga tributaria que, en otro caso, tendrían que soportar los o las contribuyentes como consecuencia de su percepción.

Medidas que verán compensada

El Consell acordó la concesión de una ayuda directa de 150 euros a las personas trabajadoras por cuenta ajena afectadas por un expediente de regulación temporal de ocupación (ERTE), solicitado con posterioridad a la declaración del estado de alarma al amparo del Real decreto ley 8/2020, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social de la COVID-19.

Por el otro, el Consell también aprobó la entrega de una ayuda individualizada de entre 300 y 600 euros a los trabajadores y trabajadoras valencianos que hayan ejercido los derechos de reducción total o del 50 % o más de su jornada laboral para la atención a personas menores, mayores o dependientes a cargo suyo, con motivo de la situación de crisis sanitaria, en los términos establecidos en el artículo 6 del Real decreto ley 8/2020, en relación con el artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores.

Debido a la excepcionalidad del momento ha dado y en línea con el eje de acción del Acuerdo del Botánico 2 dirigido a promover la transición ecológica y la lucha contra la emergencia climática, el Consell acordó la concesión de ayudas directas de hasta 250 euros para la adquisición o electrificación de bicicletas urbanas y vehículos eléctricos de movilidad personal.

Por otro lado, la actual crisis puso de manifiesto la necesidad de incentivar asquellas actuaciones de investigación, innovación y desarrollo científico o tecnológico realizadas por determinadas entidades públicas y privadas de la Comunidad para luchar contra los efectos de la COVID-19, así como la de recompensar las aportaciones recibidas por la administración, sea en metálico o en especie, para contribuir a la financiación de los gastos ocasionados por la crisis sanitaria, de acuerdo con el artículo 4 del Decreto Ley 4/2020, de 17 de abril, del Consejo, de medidas extraordinarias de gestión económico-financiera para hacer frente a la crisis producida por la COVID-19.

Las personas beneficiadas por estas ayudas y medidas podrán ahora aplicarse también una deducción en el IRPF que compense lo que tienen que tributar de más por su percepción.

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