Es la primera publicación completa de las RPT de la Generalitat desde la aprobación de la Ley de Ordenación y Gestión de la Función Pública de 2010
– El objetivo es realizar una adecuada planificación de las necesidades de recursos humanos
– Se facilita además la ejecución de los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo
El Diario Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) ha publicado hoy la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) de la Administración de la Generalitat, en la que se incluyen la totalidad de los puestos de trabajo.
Las relaciones de puestos de trabajo publicada ayer, tras la reunión de la Mesa Sectorial de Función Pública celebrada la pasada semana, representa un paso más hacia la nueva administración que persigue el Gobierno valenciano, una administración más profesionalizada y cualificada, y que inició su camino con la aprobación de la Ley 10/2010 de 9 de julio, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.
La Ley 10/2010 de la Función Pública Valenciana configura las relaciones de puestos de trabajo como un instrumento técnico a través del cual la administración organiza, racionaliza y ordena su personal para una eficaz prestación del servicio público.
Con el objetivo de llevar a cabo una adecuada planificación de las necesidades de recursos humanos y facilitar la ejecución de los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo, se hace imprescindible la actualización y publicación de estas relaciones.
En las relaciones de puestos publicados ayer se incluyen, agrupados por Consellerias y centros directivos, la totalidad de los puestos de trabajo existentes, con su denominación, retribuciones, forma de provisión, requisitos para poder desempeñar el puesto de trabajo, etc. A su vez, se recogen los puestos de trabajo de los organismos y entidades gestionados por la Conselleria competente en materia de función pública y que incorporan las modificaciones consecuencia de la reestructuración operada en el sector público.
La aprobación y publicación de estas RPT supone una novedad respecto a las anteriores, ya que incluyen el requisito de pertenencia a un cuerpo o agrupación profesional funcionarial para poder desempeñar el puesto, como consecuencia de la previsión aprobada en la Ley 10/2010 y también se incorporan las nuevas titulaciones del modelo Bolonia y las de los ciclos formativos de formación profesional.
Asimismo, la aprobación de las RPT con el nuevo marco normativo al que se ha hecho referencia exige la adaptación al mismo de las funciones de los puestos de trabajo, lo que no implica una modificación de las tareas que tenían asignadas los puestos de trabajo, que continúan siendo las mismas, sino su traslación al nuevo sistema de estructuración de la función pública valenciana.
Por otra parte, la denominación de los puestos de trabajo no se ve afectada, únicamente se adapta a un lenguaje no-sexista, a la denominación oficial del puesto o bien, excepcionalmente, se produce una adecuación a la denominación del cuerpo. En otros casos, se produce una adaptación cuando se ha advertido que la denominación contenía aspectos propios de otros elementos de clasificación, como es el caso de algún puesto en el que se hacía constar la localidad.
El nuevo sistema de agrupación en cuerpos, agrupaciones profesionales funcionariales y, en su caso, escalas, y el proceso de integración obliga a establecer nuevas situaciones que afectan a los puestos de trabajo. En este sentido, la situación de no clasificable engloba aquellos puestos de naturaleza funcionarial para los que la ley no contempla un cuerpo, agrupación profesional funcionarial o escala. Son puestos en proceso de clasificación aquéllos para los que está en trámite la creación de un determinado cuerpo, agrupación profesional funcionarial o escala. Por último, en los supuestos en que el personal funcionarial pertenece a un grupo o subgrupo profesional distinto a aquél en que queda clasificado el puesto de que es titular, dicho puesto aparece en la situación de singular amortizable, a excepción de los puestos de la estructura organizativa previstos en los distintos reglamentos orgánicos y funcionales.
Tras la aprobación de las RPT, de forma paulatina, se adscribirá a los funcionarios de carrera de la Administración de la Generalitat en el cuerpo funcionarial que les corresponda según la oposición que realizaron cuando accedieron a la Administración y, posteriormente, se convocarán los correspondientes procesos de provisión de puestos mediante los sistema de concurso y libre designación, según se establezca en la propia RPT.
Este proceso que ahora finaliza con la publicación de las RPT en el DOCV, ha contado con la participación activa de las organizaciones sindicales, que han aportado las observaciones e indicaciones que han estimado adecuadas, habiéndose incorporado gran parte de ellas.
Relaciones de puestos de trabajo que figuran en los anexos y que corresponden a las consellerias y organismos siguientes:
1. Presidencia de la Generalitat
2. Conselleria de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua.
3. Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo.
4. Conselleria de Hacienda y Administración Pública.
5. Conselleria de Educación, Cultura y Deporte.
6. Conselleria de Sanidad.
7. Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente.
8. Conselleria de Bienestar Social.
9. Conselleria de Gobernación y Justicia.
10. Servicio Valenciano de Empleo y Formación (SERVEF).
11. Instituto Valenciano de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT).
12. Agencia Valenciana d’Avaluació i Prospectiva (AVAP)
13. Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas (ISEACV)
14. Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias (IVIA)
15. Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria
16. Instituto Cartográfico Valenciano
17. Instituto Valenciano de la Juventud. Generalitat Jove
18. CulturArts Generalitat